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Además de tener un estado en deporables condiciones de criminalidad, marginalidad y pobreza, donde la corrupción en el gobierno es muy alta, también Peña Nieto viola la Constitución y el COPIFE,de manera cínica y arrogante, gastándose el dinero de los mexiquenses promoviendo su figura en TV en estados donde hay comicios.
El Consejo General del IFE resolvió por mayoría que el gobernador mexiquense, Enrique Peña Nieto, violó la Constitución y Código Electoral al difundir en medios de comunicación de estados con comicios, spots relativos a su V Informe de Gobierno.
De esa forma, el Instituto Federal Electoral (IFE) ordenó dar vista al Organo Superior de Fiscalización y a la Secretaría de Contraloría del estado de México para que, bajo sus atribuciones, 'determine lo que ha derecho corresponda' y defina si amerita o no sanción el mandatario.
En sesión extraordinaria y con el voto en contra de los consejeros Marco Antonio Baños y Francisco Guerrero, el Consejo General del IFE concluyó que el mandatario violentó el Artículo 134 constitucional, al difundir sus anuncios en todo el país, del 29 de agosto al 10 de septiembre.
Ese lapso, coincide con los periodos de precampañas electorales en Baja California Sur y Guerrero, por lo que los spots son considerados 'propaganda electoral', sustentada con recursos públicos, pues fueron pagados por la Coordinación de Comunicación Social del estado.
Por ello, los consejeros Macarita Elizondo, Benito Nacif, Alfredo Figueroa y Leonardo Valdés Zurita determinaron que Peña Nieto violó también el Artículo 228 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) .
Durante la discusión, que duró más de tres horas, el representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el Consejo General, Sebastián Lerdo de Tejada, acusó de parcial al órgano electoral, pues la resolución se basó en 'meras suposiciones'.
'Veo una posición parcial, eso si me preocupa por las consecuencias y precedente', dijo, al adelantar que su partido acudirá al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para impugnar la resolución.
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